FORMACIÓN CONVENIO CONSTRUCCIÓN

Según el último Convenio de la Construcción las empresas tienen la obligación de formar al 100% de su plantilla en Prevención de Riesgos Laborales.

quiénes deben formarse

Todas las personas trabajadoras del ámbito de la construcción deben recibir una doble formación preventiva: la que dicta el artículo 19 de la LPRL y la que regula el convenio colectivo aplicable a su sector.

reciclaje

La formación no es solo una vez. Hay que reciclarla cada cierto tiempo (normalmente cada 4 años según la especialidad). Esto garantiza que los trabajadores mantengan competencias actualizadas en prevención y seguridad laboral.

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sanciones

La Inspección de Trabajo pueden sancionar a las empresas que incumplan con la formación de Prevención de Riesgos Laborales.

formación obligatoria

Según el IV Convenio de la Construcción, la formación de los trabajadores será, cómo mínimo, de una duración de 20 horas y con el contenido propio del convenio.

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